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28 agosto, 2014 a las 19:01 en respuesta a: Titulación piloto de Dron, Como, cuando, donde … cuanto? #32499
Si, pero pegalo entero.
5. Los pilotos deberán acreditar los siguientes requisitos:
a) Ser titulares de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero, emitida conforme a la normativa vigente, o haberlo sido en los últimos cinco años y no haber sido desposeídos de la misma en virtud de un procedimiento sancionador, o
b) Demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para la obtención de cualquier licencia de piloto, incluyendo la licencia de piloto de ultraligero, o
c) Para las aeronaves de masa máxima al despegue no superior a 25 Kg., disponer:
1.º Para volar dentro del alcance visual del piloto, de un certificado básico para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, conforme al anexo VII del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil, que acredite que dispone de los conocimientos teóricos adecuados en las materias de: Normativa aeronáutica, Conocimiento general de las aeronaves (genérico y específico), Performance de la aeronave, Meteorología, Navegación e interpretación de mapas, Procedimientos operacionales, Comunicaciones y Factores humanos para aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
2.º Para volar más allá del alcance visual del piloto, de certificado avanzado para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, emitido por una organización de formación aprobada, conforme al anexo VII del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, que acredite además de los conocimientos teóricos señalados en el número 1.º, conocimientos de servicios de tránsito aéreo y comunicaciones avanzadas.d) Además, en los supuestos previstos en las letras b) y c), deberán acreditar:
1.º Tener 18 años de edad cumplidos.
2.º Los pilotos que operen aeronaves de hasta 25 kilos de masa máxima al despegue deberán ser titulares, como mínimo, de un certificado médico que se ajuste a lo previsto en el apartado MED.B.095 del anexo IV, Parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación a los certificados médicos para la licencia de piloto de aeronave ligera (LAPL).
3.º Los pilotos que operen aeronaves de una masa máxima al despegue superior a 25 kilos deberán ser titulares como mínimo de un certificado médico de Clase 2, que se ajuste a los requisitos establecidos por la Sección 2, de la Subparte B, d anexo IV, Parte MED, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011, de la Comisión, emitido por un centro médico aeronáutico o un médico examinador aéreo autorizado.e) Además, en todos los casos, deberán disponer de un documento que acredite que disponen de los conocimientos adecuados de la aeronave y sus sistemas, así como cve: BOE-A-2014-7064BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 163 Sábado 5 de julio de 2014 Sec. I. Pág. 52605 de su pilotaje, emitido bien por el operador, bien por el fabricante de la aeronave o una organización autorizada por éste, o bien por una organización de formación aprobada. En ningún caso dicho documento podrá haber sido emitido por el piloto para el que solicita la autorización.
Vale, partiendo del articulo 5 COMPLETO yo entiendo que solo podria interpretarse de 2 maneras:
– La primera es simple. Hay que cumplir todos los requisitos mencionados en cada punto. Es decir, si quieres trabajar con un dron tienes que ‘cumplir’ todos los requisitos de la A a la E.
Dudo que esta sea la formula, puesto que si ya tienes licencia de piloto, no creo que necesites lo demas. Por otro lado, el apartado D hace diferenciaciones (entre los apartados B y C). Con lo que si fuera necesario todo, seria redundante.
En la misma linea del ejemplo anterior, el apartado E ESPECIFICA que debe cumplirse en TODOS LOS CASOS (entendiendo por casos, los anteriores, de la A a la D).
Es decir, si fuera asi, tendriamos que ser pilotos de ultraligero, demostrar los conocimientos necesarios, sacar el carnet de piloto de drone, tener todos los certificados medicos, y tener un certificado de conocimientos de la aeronave…– La segunda interpretacion, es mas sencilla si cabe. Cada una de esas letras es una OPCION, es decir:
Podrias hacerlo con cualquier carnet de piloto (A)
O
Demostrando que tienes los conocimientos necesarios (B)
O
Disponer del ‘carnet de piloto de dron’ (C)
Y
(si has tirado por la ruta B o C) disponer de un certificado medico (D)
Y
(en TODOS los casos anteriores) disponer de un certificado de conocimientos de la aeronave (E)Creo que sigues sin convencerme, lo siento. Ademas el que dejaras fuera de ‘cita’ a la fuente los articulos que hacen distinciones entre casos me hace sospechar que sabes perfectamente lo que estas haciendo, y pretendes que los mas ‘asustadizos’ corran a tus pies. Suerte con eso
un saludo!
PD: si quieres volver a opinar sobre quien es un caso perdido sin conocer a la gente, te agradeceria que empezaras por mirar entre tus familiares, que igual te sorprendes y encuentras alguno…y asi a los demas nos dejas en paz 😉
PD2: en cuanto al ‘peliculeo’….si, habra mucho anormal con un dron, lo que tu quieras. Pero de la misma manera hay gente que conduce su coche con 9 copas encima y de coca hasta las orejas, poniendo en peligro a todo el mundo…. y no creo que veas a las autoescuelas llamando alcoholicos y drogadictos a todos aquellos sin carnet,no? Pues aplicate el cuento majo
tienes un MP
un saludo
Gracias chicos!
28 agosto, 2014 a las 14:04 en respuesta a: Titulación piloto de Dron, Como, cuando, donde … cuanto? #32486Xq No quiero tener q ir y cortarle las manos a un tío, q por volar un dron donde no debe ha causado un accidente y en el que pueden morir personas
Tu has visto muchas peliculas, no? Morir personas? Cortar manos? Que pasa que ahora eres la ‘policia’ del aire? Me dejas mas boquiabierto con cada post que publicas.
Ah, y sigo esperando que me enseñes donde dice que un ‘Carnet de pilot de dron’ es imprescindible para hacer uso comercial del bicho….que si estas intentando vender un curso, creo que deberias saber para que vale y para que no, dicho carnet.
un saludo
En la App del movil, busca en ‘Settings’ > ‘Binding y sigue los pasos que te pida para enlazar el Phantom con la App.
Creo que debe ser lo que te falta (aunq esos pasos del Vision no lo tengo demasiado claros xD)
un saludo
Bienvenido!
un saludo desde Asturias
Creo que es esto lo que buscas:
http://satpredictor.navcomtech.comun saludo!
27 agosto, 2014 a las 22:16 en respuesta a: Titulación piloto de Dron, Como, cuando, donde … cuanto? #32451Hola a todos, especialmente a RVERMER y clubaereocordoba a quienes me dirijo en este post.
Puesto que vosotros estais en el negocio del ‘Carnet de Piloto de Dron’, entiendo que previamente habreis tenido que hacer las investigaciones legales pertinentes para saber que es lo que podeis ofrecer homologado, y que no, verdad?
Os agradeceria que nos apuntaseis en la direccion de la ley que ESPECIFICA que sea IMPRESCINDIBLE dicho carnet para hacer un uso comercial de un dron.
Sigueindo la comparativa anterior, si te pones a leer la Ley de Trafico, en mas de un punto se especifica claramente que es necesario contar con un ‘Carnet de conducir’ vigente para poder circular. Sin mas… sin opciones.
Cuando leemos la nueva NORMATIVA PROVISIONAL (que no ‘Ley’) se te presentan dos posibles caminos a seguir para el vuelo comercial con drones:
a) Piloto de ultraligero
b) «Demostracion fehaciente de los conocimientos necesarios»Entiendo que vuestros ‘cursos’ vayan enfocados a la ruta B… pero donde pone que la unica manera de pasar por esa ‘ruta’ sea a traves de uno de vuestros cursos y el ‘carnet’ correspondiente?
Por ultimo, y ya en este caso me dirijo solamente a RVERMER, cuando dices:
«esta claro que no lo vamos a hacer regalado para que luego las empresas q trabajan con Drones se llenen los bolsillos»Creo que dejas muy claro a todo el mundo que tu objetivo es enriquecerte (ya que lo que yo entiendo leyendo tus palabras es que se podria hacer mucho mas barato, pero oye, que ‘nos jodan’), con lo que confio en que la gente que este dispuesta a gastarse su dinero en este chanchullo al menos lo haga en otro sitio. Ya a nivel personal, me da bastante asco que estando como esta el pais encima venga gente como tu a intentar forrarse a ‘nuestra’ costa.
Un saludo
Hola: Mi pregunta es la siguiente: ¿Hay alguna posiblidad de poder instalar la APP DJI vision en un MacBook Pro?, o si ello no fuera posible, ¿poder ver la pantalla de la aplicacion cuando corre en el Iphone tambien en la pantalla del Macbook?. Gracias.
Perdona la brevedad del post, ando liado ahora mismo, luego paso por aqui otra vez
AirPlay te permite eso mismo, via Wifi. Lo que no se exactamnte es como (o ‘si’…) funcionaria con el montaje ‘wifi’ de los Vision+
Necesitas un servidor de Airplay en el Mac al que poder conectarte.
Echa un ojo a esto:
http://www.airsquirrels.com/reflectorLa siguiente opcion seria un cable hdmi/video compuesto saliendo del iPhone conectado a una capturadora en tu MacBook…pero ya m parece mas jaleo.
Un saludo!
Si, aunque no es imprescindible que desinstales la version anterior (yo tengo las 2). Por algun motivo que yo desconozco (y seguro que DJI tambien :S ) la aplicacion no tiene una funcion de ‘autoupdate’, y te hacen volver a descargar el instalador por tu cuenta.
Ademas, lejos de ser algo opcional, la version de Assitant va ligada a la version de FW que le permite meter al Phantom, por lo que la version anterior no te va a dejar instalar el FW mas reciente.
Un saludo
Tranquilo Raimundo, no eres el primero al que le pasa, ni seras el ultimo 😉
Me alegro de que dieras con ello por tu cuenta! Investigando, si señor
un saludo!
PD: a los que tengan Phantom 2 tambien les puede pasar, pero la casilla esta en el Assistant 😉
puede parecer una pregunta tonta, pero a donde estas conectando el cable?
Supongo que en el ordenador lo estes conectando bien (a un puerto USB que sepas que funciona)…pero y al Phantom? donde lo conectas? Creo que en el Vision+ Teneis algo en la camara donde se puede conectar, pero la conexion debe ser con el propio Phantom (en el frontal, debajo del nombre, la conexion esta cubierta con una tapa de goma).
Quedamos en que instalaste los drivers antes de hacer todo esto, verdad?
Que no aparezcan las lucecitas verde y azul, indica que no hay conexion entre el bicho y el PC.
La emisora llegaste a conectarla al RC Assitant? esa te la reconoce?
Si no la reconociera tampoco, me la jugaria a que tuviste algun problema con la instalacion de los drivers.
Que windows estas utilizando? Que distribucion?
Un saludo!
Hola Agustin, con respecto a lo ultimo que dices, segun tengo entendido la antena del TX no es igual a la del RX en su composicion interna, de hecho en algun lado leí que no debian conectarce inversamente, no se si entendí bien lo que quisiste decir, pero seguro que el fallo viene por ese tema. Saludos.
Si que son ‘iguales’ en el sentido de que van a funcionar ambas en un lado u otro. Posiblemente a lo que tu te refieres es a que hay algunas (spironet y skewplanar) que pueden tener mas o menos ‘lobulos’ (si las consideramos de tipo ‘trebol’, serian cada una de las hojas).
Por lo general, la que menos ‘lobulos’ tiene, es la del Tx, mientras la que mas tiene suele utilizarse en el Rx por tener ‘mejor’ capacidad para recibir la señal (mas superficie donde recibirla, es como que ‘escucha’ mejor).
Pero hasta donde yo se, deberian funcionar puestas en un sitio u otro.
Las polarizaciones de las antenas y los conectores ya son otro rollo.
Un saludo!
Hola Agustin,
yo seguiria estos pasos:
– Llama a Cuatro
– Que te pasen con Cuarto Milenio
– Pregunta por Friker Jimenez
– Dile que lo investigue el… 😀
si, lo has adivinado…no tengo ni la mas remota idea de por que te puede estar pasando eso, pero estoy de acuerdo, no es normal.
Lo unico que te diria que explorases es el tema de las conexiones, asegurate de saber de que tipo es cada una de las conexiones de antenas/Rx/Tx, recuerda que hay 4 tipos… SMA o RP-SMA…y dentro de cada uno de ellos, macho y hembra (y son ‘faciles’ de confundir)
Un saludo
PD: me quedo flipando con los resultados de tu TEST A
para descargar tengo que bajar el postal y el pdf
No he entendido eso, que es el ‘postal’?
Te lo voy a poner facil 😀 , necesitas estos 3 archivos (suponiendo que uses Windows):
DJI Win Drivers:
http://download.dji-innovations.com/downloads/driver/DJI_WIN_Driver_Installer.exe
Phantom Vision+ Assitant Software 3.2:
http://download.dji-innovations.com/downloads/phantom_2/Phantom_2_Installer_v3.2.exe
RC Assitant 1.1:
http://download.dji-innovations.com/downloads/dt7/RC_System_Installer_v1.1.exeDescarga e instala esos 3 antes de hacer nada, eso es todo lo que necesitas de momento.
Un saludo
PD: si quieres podemos seguir por MP
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