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Respuestas de David

Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Problemas con H3-3D #34380
    David
    Participante
    Mensajes: 260

    Vamos a ver si con una imagen me explico mejor. La zenmuse lleva una plaquita dentro del phantom que a su vez se conecta a la naza V2. (vease imagen la placa de la cual salen dos cables de corriente). Esa placa es valida SOLO para la zenmuse h3 2d, que es la que llevaban los phantom antiguos. Los phantom nuevos llevan el gimabla de tres ejes y por lo tanto llevan otra plaquita distinta que es la que controla el zenmuse de tres ejes. Por consiguiente, si yo tengo un phantom con zenmuse h3 2d no le podre poner un zenmuse h3 3d asi sin mas. Tendre que cambiarle tb la plaquita que lleva dentro. Por eso no te funciona, porque la placa que llevas dentro es para el 2d. Un saludo

    Te refieres al GCU ?

    Porque yo sustituí ayer por fín mi gimbal por el tres ejes, y resulta que no funciona. Encontré este hilo con la posible solución, pero me encuentro esto:
    DJI GCU para Zenmuse H3-3D y H3 2D
    http://rc-innovations.es/GCU-Zenmuse-H3

    controladora H3-2D GCU compatible H3 3D
    http://tienda.stockrc.com/epages/eb0140.sf/es_ES/?ObjectPath=/Shops/eb0140/Products/phch3&ViewAction=ViewProduct

    controladora H3-3D GCU
    http://tienda.stockrc.com/epages/eb0140.sf/es_ES/?ObjectPath=/Shops/eb0140/Products/phch3d&ViewAction=ViewProduct

    Entonces, significa que la h3-2d es compatible con la h3-3d?

    Un saludo.

    en respuesta a: Vídeo de Almería. #30571
    David
    Participante
    Mensajes: 260

    Ciertamente en ese corto que se hizo hace más de diez años, se ve volando por encima de las salinas. La normativa ha cambiado y bastante en esos años. Al igual que antes se podía fumar en cualquier lado, correr sin límite de velocidad demostrable, etc… Aparte que ese para la grabación de ese documental, contarían con todas las bendiciones y papeleos para su filmación, como ha ocurrido con el documental que se grabó con dron llamado «Guadalquivir».

    Aquí te pongo un pequeño dato del Decreto 23/2012 publicado en el boletín de la Junta de Andalucía:

    Artículo 21. Fotografía, filmación, grabación y seguimiento de especies silvestres.

    1. La fotografía, filmación, grabación, observación o el seguimiento de especies silvestres requiere autorización cuando afecte a especies amenazadas de aves y mamíferos en época de reproducción o se usen puestos fijos durante más de una jornada; en los demás casos no se requerirá autorización, siempre que no se moleste o inquiete a los animales.

    2. Las solicitudes serán formuladas y tramitadas conforme a lo dispuesto en los artículos 12 a 15.

    3. Las autorizaciones serán motivadas y contendrán las condiciones, limitaciones o controles que se consideren necesarios.

    4. Cuando estas actividades se pretendan desarrollar en espacios naturales protegidos, deberá además observarse la normativa específica aplicable a dichos espacios, así como los instrumentos de planeamiento que ordenen la utilización de sus recursos naturales.

    Aquí puedes ojearla mas detenidamente:

    http://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/60/6

    Y si te queda alguna duda, en el centro de interpretación de las Amoladeras, les puedes preguntar a la gente del Parque Natural de Cabo de Gata, sobre si se puede o no volar un dron por encima de la zona zepa.

    Pero para que te hagas una idea, así sólo buscando por encima:
    -Decreto 49/1990, de 9 de agosto, por el que se aprueba el plan rector de uso y gestión del Parque Natural Saja-Besoya.
    7.- El uso de cometas, la liberación de globos de gas o de fuego y la práctica de aeromodelismo y parapente.

    -Decreto 260/1993, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba definitivamente el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Penyal d’Ifac.
    3. Deportes aéreos
    Quedan prohibidos los vuelos en ala delta y parapente. También está prohibido el vuelo de cometas, globos y la práctica del aeromodelismo .

    -Decreto 242/1991, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cabañeros
    C) Sin perjuicio de utilizar estos medios como elementos de gestión, se prohíbe el sobrevuelo del Parque con aeronaves a una altura inferior a 5.000 pies, el aterrizaje de éstas en el mismo, el vuelo de cometas, globos y artefactos liberadores de gases, y la práctica de aeromodelismo , paracaidismo, ala delta, parapente y similares.

    -Real Decreto 1621/1990, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el plan rector de uso y gestión del Parque Nacional de Timanfaya.
    l vuelo en ala delta y ultraligeros, globos, etc., el uso de cometas, el lanzamiento de elementos pirotécnicos y la práctica del aeromodelismo .

    -Real Decreto 1410/1986, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Caldera de Taburiente.
    g) La práctica de juegos con artefactos de control remoto (cometas, aeromodelismo , etc.) y de deportes no acordes ni apropiados a los fines recreativos de un espacio natural protegido.

    -Decreto 9/2014, de 23 de enero, por el que se aprueba el Plan de conservación del chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus L.) en Galicia.
    5. En las zonas de presencia pertenecientes a la red gallega de espacios naturales protegidos, con carácter general, no se permite en elaeromodelismo , ala delta con motor y actividades similares en todo el ciclo anual.

    -Decreto 167/2013, de 31 de octubre, del Consell, por el que se declara Paraje Natural Municipal el enclave denominado Los Algezares, en el término municipal de Aspe.
    b) Aeromodelismo . Queda prohibido sobrevolar con los artefactos propios de la práctica del aeromodelismo el ámbito del PE.

    -Decreto 3/1992, de 14 de enero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos naturales del área de Valderejo.
    3.- Queda prohibido el uso de cometas, la liberación de globos de gas o fuego, la práctica del aeromodelismo , el vuelo con ala delta y el paracaidismo, y, en general, sobrevolar el Parque, salvo por razones de seguridad, conservación o salvamento, en cualquier tipo de artilugio, a menos de 1.000 metros sobre la vertical del terreno.

    -Decreto 57/1996, de 14 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Valle de Iruelas (Ávila).
    7. Se prohíbe el uso de cometas, la liberación de globos de gas o fuego y la práctica del aeromodelismo . Se prohíbe el sobrevuelo de aeronaves (incluido aparatos de vuelo sin motor, ala delta o parapente) a menos de 1.000 m. sobre la vertical del terreno, salvo para actuaciones de gestión del Espacio Natural o salvamento.

    -Real Decreto 2305/1994, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el plan rector de uso y gestión del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga.
    20. El uso de cometas, la liberación de globos de gas o de fuego y la práctica de aeromodelismo .

    -Real Decreto 1772/1991, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del Parque Nacional de Doñana.
    E) Sin perjuicio de utilizar estos medios como elementos de gestión, se prohíbe el sobrevuelo del Parque a una altura inferior a 6.000 pies, según Orden de Presidencia del Gobierno de 13 de enero de 1983, con aeronaves, el aterrizaje de éstas en el mismo, el vuelo de cometas, globos y artefactos liberadores de gases, y la práctica de aeromodelismo , paracaidismo, ala delta, parapente y similares.

    -Real Decreto 2423/1984, de 14 de noviembre, por el que se Aprueba el Plan rector de Uso y Gestión del Parque Nacional del Teide.
    f) El uso de cometas, la liberación de globos de gas o de fuego y la práctica del aeromodelismo .

    -Decreto 152/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el II Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural Parcial de Barayo.
    d) El motocross, trial, aeromodelismo y otras modalidades deportivas o de recreo que se desarrollen mediante vehículos de motor, el ciclocross y la navegación por el estuario

    -Decreto 225/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo.
    5) El uso de cometas, la liberación de globos de gas o de fuego y la práctica del aeromodelismo .

    -Decreto 113/1989, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Somiedo.
    El aeromodelismo , el motocros, trial, deportes náuticos y, en general, los deportes del motor y otros semejantes estarán prohibidos en todo el recinto del Parque. La Administración del Parque podrá arbitrar restricciones a otras actividades deportivas que puedan producir alteraciones de los valores naturales del Parque.

    -Decreto 153/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el II Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural Parcial de la Ría de Villaviciosa.
    e) El motocross, trial, aeromodelismo y otros deportes que se desarrollen mediante vehículos de motor.

    -Decreto 6/2001, de 22 de enero, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cumbre Vieja (isla de La Palma).
    3.1.1.16. Las prácticas de aeromodelismo así como las competiciones deportivas a motor fuera de carreteras o pistas asfaltadas.

    -Decreto 169/2012, de 9 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Paisaje Protegido de la Desembocadura del Millars.
    ARTÍCULO 36. AEROMODELISMO
    Queda prohibida la realización de actividades de aeromodelismo en el ámbito del paisaje protegido.

    -Orden de 28 de diciembre de 2012 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR «Embalse de Orellana y Sierra de Pela».
    4. La realización de actividades que supongan la utilización del espacio aéreo de la ZIR a menos de 300 metros sobre la vertical de su cota máxima, en cualquier modalidad de vuelo (incluyendo modelos de aeromodelismo , parapente, ala delta, ultraligeros, globos aerostáticos y similares).

    -Decreto 27/2005, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de La Caldera de Taburiente.
    p. La práctica con aparatos de control remoto (cometas, aeromodelismo , etc.), el vuelo en ala delta, parapente, ultraligeros, globos, etc.

    -Orden de 22 de enero de 2009 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cornalvo.
    – La práctica del aeromodelismo o la realización de actividades que supongan la utilización del espacio aéreo del Parque Natural.

    -Real Decreto 384/2002, de 26 de abril, por el que se aprueba el Plan Rector de uso y gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa.
    c) No está permitido sobrevolar el parque con avión, globo, ultraligero, parapente, ala delta o similar a una altura menor de 1.000 metros sobre la vertical de la cota máxima del parque, salvo para misiones de auxilio, vigilancia, salvamento, necesidades de causa mayor, o gestión. Del mismo modo, está prohibido el uso de cometas, la liberación de globos de gas o fuego, y la práctica de aeromodelismo .

    -Decreto 111/2006, de 30 de mayo, por el que se aprueba la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Urkiola.
    – No se autoriza el vuelo de aparatos de aeromodelismo provistos de motor.

    -Decreto 52/2011, de 8 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba.
    k) Las prácticas de aeromodelismo y las embarcaciones teledirigidas.

    -Orden de 28 de enero de 2008 por la que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos y se ordena la publicación del mismo.
    – La práctica del aeromodelismo , o la realización de actividades que supongan la utilización del espacio aéreo de la Reserva Natural a menos de mil metros sobre la vertical de su cota máxima, en cualquier modalidad de vuelo.

    -Resolución de 11 de febrero de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2009, relativo a la aprobación de la memoria ambiental y aprobación definitiva del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Cumbre Vieja, términos municipales de Fuencaliente, Villa de Mazo, El Paso, Breña Alta y Breña Baja (La Palma).
    r) Las prácticas de aeromodelismo así como las competiciones deportivas a motor fuera de carreteras o pistas asfaltadas.

    -Decreto 64/2009, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales del parque natural de A Baixa Limia-Serra do Xurés.
    ii) La práctica del aeromodelismo y el uso de cometas.

    -Decreto 48/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Doñana.
    g) El sobrevuelo del Parque a una altura inferior a 6.000 pies, según Orden de Presidencia del Gobierno de 13 de enero de 1983, con aeronaves, así como la práctica de aeromodelismo , paracaidismo, ala delta, globo aerostático, parapente y similares

    -Decreto 13/2011, de 22 de marzo de 2011, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Las Lagunas y Albardinales del Gigüela y se declara la Reserva Natural de Las Lagunas y Albardinales del Gigüela.
    – Cualquier tipo de actividad deportiva, incluyendo el baño, la navegación, el aeromodelismo , las competiciones con vehículos a motor, etc.
    Decreto 65/2009, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del parque natural del Monte Aloia.
    c.3) La práctica de aeromodelismo y el uso de cometas.

    -Decreto 238/2011, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada.
    i) El uso de cometas, liberación de globos y la práctica del aeromodelismo .

    -Decreto 132/2005, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de uso y Gestión del Parque Natural de Ses Salinas de Ibiza y Formentera.
    2) Se prohíbe igualmente:
    a) El sobrevuelo con aeronaves a una altura inferior a 3000 pies del ámbito terrestre del parque, incluyendo los islotes, farallones, la isla de S.Espalmador y las proximidades de estos, así como la práctica de aeromodelismo , paracaidismo, ala delta, vuelo en globo aerostático, parapente y similares.

    -Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.
    ii) La práctica del aeromodelismo , el uso de cometas y dispositivos semejantes cuando no afecten a la tranquilidad de las aves, y no se realicen en el ámbito territorial de los humedales o zonas de descanso o nidificación de aves.

    I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
    DECRETO FORAL 230/1998, de 6 de julio, por el que se aprueban los Planes Rectores de Uso y Gestión de las Reservas Naturales de Navarra.
    -5.4. Está prohibido el sobrevuelo con aeronaves de carácter deportivo y con ultraligeros u otros ingenios de vuelo a altura inferior a 500 metros.

    DECRETO FORAL 230/1998, DE 6 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLANES RECTORES DE USO Y GESTIÓN DE LAS RESERVAS NATURALES DE NAVARRA
    4. Está prohibido el sobrevuelo con aeronaves de carácter deportivo y con ultraligeros u otros ingenios de vuelo a altura inferior a 500 metros.

    DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE DECRETO 51/2006, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación de los Recursos Naturalesde los Valles, Fago, Aísa y Borau.

    Artículo 43. Actividades aeronáuticas.
    1- No está permitido sobrevolar el Parque Natural, su Zona
    Periférica de Protección y el Paisaje Protegido con aeronaves
    a motor a una altura inferior a 1.800 metros sobre el nivel del
    suelo, exceptuadas las misiones de auxilio, vigilancia y salva-
    mento. Para otras necesidades, incluida la gestión de recursos
    naturales, así como los suministros a los que hace referencia
    el artículo 33.4, se requerirá autorización del órgano ambien-
    tal competente.

    Un saludo.

    en respuesta a: Vídeo de Almería. #30387
    David
    Participante
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    Ayer, al atardecer, estuve volando en una zona donde anidan muchas golondrinas y a esa hora se desplazan formando grandes nubes que son de lo más espectaculares. Espero no haber transgredido ningún convenio internacional ni nada por el estilo. Tampoco creo que Geko haya sobrevolado los nidos de las aves protegidas ni que éstas los abandonen ante la presencia de un pajarraco blanco, lo único peligroso de ese vuelo lo veo en la posibilidad de que Geko estuviera haciendo mediciones del terreno para algún proyecto inmoviliario destinado a construir otro Algarrivico. :)

    Depende de donde sea esa zona y de que golondrinas sean, ya que por ejemplo la golondrina daurica está protegida. Así como el resto de golondrinas y aviones (una especie de aves). Pero si tienes dudas, ponte en contacto con la delegación de la SEO de tu zona o con el CREA (centro de recuperación de especies amenazadas) más próximo. Si te interesa te doy los contactos para ello.

    En el video, se ve levantar el reposo de los flamencos (hay muchos por tu zona? tantos como golondrinas? alguno acaso?), aparte que es zona en la que se puede ver malasias, porrones pardos y cerceta pardilla, todos clasificados en especie de extinción en la misma clasificación que por ejemplo el lince ibérico. Como digo, es zona ZEPA (Zona especial de protección de Aves). Pero que esto es tan simple como todo, cada uno puede hacer lo que le plazca, pero luego apechugar con las consecuencias. Así de simple. Si yo por ejemplo estuviese allí censando aves, observadondolas o fotografiándolas, simplemente hubiese avisado al del dron, y si me da las explicaciones que aquí leo, directamente al seprona y medio ambiente. Luego ya veríamos quien lleva la razón de si era para ver desde ahí el Algarrobico o no. O acaso ya vale todo porque tenemos un juguetito nuevo?

    en respuesta a: Vídeo de Almería. #30385
    David
    Participante
    Mensajes: 260

    Pues David, a mi me parece sacar un poco de quicio lo de ‘molestar a la fauna’ sinceramente.
    No digo que tngas que estar sobrevolando a 2m nidos de crias y cosas asi…pero aver, vamos a ser realistas. Q pudo ‘molestar’ a 2 gaviotas en toda la grabacion del video?
    No se, no me parece que sea ni algo insensato, ni motivo de restriccion de vuelos la verdad.
    Una cosa, que confio que no te tomes mal, pero que me ha hecho mucha gracia, ‘turismo ornitologico’….? Me estas diciendo que eso ‘existe’ como actividad comercial? jajaja primera noticia. No digo que no sea asi, digo q jamas se me habria ocurrido pensarlo. Me parto :D
    Un saludo!

    La verdad es que vista tu respuesta… mejor no te contesto.

    en respuesta a: Aquí os dejo otro video! #30378
    David
    Participante
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    Buenas tomas. Aunque creo que las luces no eran las apropiadas. Ese mismo video al amanecer o al atardecer, hubiese sido fantástico!

    Un saludo.

    en respuesta a: Vídeo de Almería. #30373
    David
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    Bueno, pues va la nota discordante del tema..

    Volarlo por encima de las salinas, molestando a la avifauna que hay allí se concentra, no lo veo nada bien.

    Esas son las cosas que harán que se restrinjan los vuelos y bastante. Yo soy ornitólogo, y hay que pensar que mucha gente se desplaza de bastantes sitios para observar aves hasta allí. Sólo tienes que ver que hay carteles, observatorios, estás en un parque natural… como para que espantes a las aves con el phantom. Suerte tuviste que no te denunciase nadie por molestar a la fauna. Y por allí pasan agentes de medio ambiente, la SEO, el seprona, empresas de turismo ornitológico. Además de que las salinas entran dentro de la zona ZEPA.

    Seamos sensatos por favor y pensemos un poquito en lo demás.

    Un saludo.

    en respuesta a: Gimbal Zenmuse H3-2D NUEVO #30249
    David
    Participante
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    Bienvenido al foro!

    en respuesta a: Exprimiendo el visión + #29582
    David
    Participante
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    No me cuadra la calidad del video comparativo de la gopro.

    Yo tengo la anterior, la gopro 3 sin el +, y depende como proceses el video o como lo comprimas, tendrás más o menos nitidez. Y en ese comparativo no se ve la nitidez que yo he visto en la gopro. De la visión+ no puedo hablar porque no la he manejado.

    Un saludo.

    en respuesta a: Phanthom 2 pasado por agua #29466
    David
    Participante
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    David y agustinMatic ¡enhorabuena! por encontrar los phantom, pero como lo habeis hecho, tenian algun tipo de localizador, o simplemente buscando?
    Un saludo

    Yo sabía donde había caído, pero no tenía los permisos para entrar en la propiedad privada para recuperarlo.

    en respuesta a: Bueno ya la he liado… #29439
    David
    Participante
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    Quien es jetjoker? Qué vende? Donde?

    Ya ha salido en alguna ocasión algún comentario sobre ellos. Yo les compré la gopro en un grupo de compra de un foro de bicis y lo cierto es que bastante bien. Están en Almuñécar (Granada).

    en respuesta a: Phanthom 2 pasado por agua #29287
    David
    Participante
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    Bueno, pues otro más que recuperó su dron perdido durante unos 47 días durante los cuales alguna tormenta si que pilló y bueno, aparte de las lesiones normales (gimbal, hélices, plásticos), le puse la batería y arrancó bien. Pero bueno, no ha estado sumergido en agua ni nada de eso.

    Felicidades por la recuperación.

    en respuesta a: Ayuda, vuelos raros! #29037
    David
    Participante
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    Me extraña eso que comentas, el mío volaba con protectores y con batería de la gopro.

    Yo miraría el tema de ganancias para compensar pesos.

    en respuesta a: Nuevo Zenmuse H3/3D #29036
    David
    Participante
    Mensajes: 260

    Pero que cámara tenéis? porque yo tengo la gopro hero 3 que supuestamente es un pelín más pesada que la 3+

    en respuesta a: Nuevo Zenmuse H3/3D #29032
    David
    Participante
    Mensajes: 260

    Acabo de recibir el h3/3d con un chorro de gomas increíble, cuales hay que montar? o hay que hacer pruebas?

    en respuesta a: Problemón. Perdí mi phantom. #29031
    David
    Participante
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    Gran explicación nihkel, si consigo hacerlo volar, lo probaré para ver si la teoría coincide con la práctica.

    Muchas gracias por la aportación.

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