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- Este debate tiene 26 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 9 años por Carlos.
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4 diciembre, 2014 a las 22:47 #35672
Muy bien Xuan, hace mucho tiempo que me leí este decreto y el de 1960 y sé de lo que hablo…Me puedes decir por favor ´qué clase de licencia tienes o hacerle una foto borrando tu nombre o es que no lo quieres hacer…no lo tengo nada claro lo de tener una licencia…disculpa ya no te insisto más si no lo quieres entender…
Posiblemente tienes un certificado de que tienes unos ciertos conocimientos…
<te lo digo con simpatía pero este es un tema ya muy debatido y no nos enteramos ni los que entendemos de estos temas…saludos
5 diciembre, 2014 a las 10:41 #35678Si,eso Xuan enseñanos que tipo de licencia tienes,por que yo todavia no he visto ninguna y tengo mis dudas si seran legales, entonces si no te importa como dice miguelcho hazla una foto y la subes al foro.
Un saludo.
23 diciembre, 2014 a las 22:18 #36124Bien Xuan no me extraña que entiendas los cosas a medias…
La distancia de vuelo de 8 Km de los aeropuertos es para profesionales y la distancia de 15 km es para los que además utilizan el sistema de visión a través de cámara y monitor…23 diciembre, 2014 a las 22:49 #36126Otra cosa Xuan, hace tiempo que ya sabemos en este foro que es ROTUNDAMENTE FALSO que no se pueda volar un drone sin ‘licencia’ o carné específico.
Esto dicho por AENA, y ya publicado en el foro. Busca tú e infórmate antes de dar una información falsa. Tenemos buscador.
De todas formas te ilumino yo mismo:
«La normativa temporal no solamente es aplicable a los vuelos con fines comerciales, sino a todas las actividades profesionales, sean por cuenta ajena o propia, pero no a las actividades recreativas.
Las federaciones regulan solamente la actividad deportiva de competición, no la puramente recreativa.
De cara a la actividad que realiza, deberá tener en cuenta que no debe volar en espacio aéreo controlado, y cumplir lo que dice el punto 2.3.1.1 del Reglamento de la Circulación Aérea:
“2.3.1.1. Operación negligente o temeraria de aeronaves.
Ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas”
Por lo que en particular deberá evitar volar en zonas en que se realicen vuelos de aeronaves tripuladas a baja altura.»
Es decir, lo que hacemos es una actividad recreativa, la cual no cubre esta nueva normativa provisional.
Dentro de poco os mostraré lo que esta semana me trae Papá Noel con el dinero de lo que vale un carné de drones en la actualidad (finalmente se gasta Papá Noel 4500 euros, aunque hay ‘temas’ parecidos 1500 – 2000 euros, precios «de oferta» para sacarte los cuartos los del invento este del carné de drones, que me lo voy a sacar por los coj…)
1 febrero, 2015 a las 2:54 #38111A día de hoy y en un par de meses el radio limite de vuelo de los aeropuertos será de 8 kilómetros y quedaran considerados como zona restringida.
1 febrero, 2015 a las 22:05 #38149y yo que vivo en manises pueblo del aeropuerto de valencia tiro el dron. Bueno cada uno que haga lo que pueda y si no te portas bien aya tu. Saludos
1 febrero, 2015 a las 22:22 #38151Lo de 8 kilómetros es para los drones sin transmisión instantánea de imagen (sin FPV)porque para los otros será 18 kilómetros según he leído yo también
1 febrero, 2015 a las 23:17 #38154Hasta la fecha de hoy, el limite son 8km y esperemos que la nueva ley matize el uso de diferentes instrumentos para poder realizar vuelos que no están dentro del contacto visual….Se avecinan cambios y un mayor control de los RPAS. A ver si el 8 de abril con el nuevo real decreto aclaran mas la regulación.
2 febrero, 2015 a las 2:06 #38164Buenas Hugo,tienes razon …lo de los 8 km y 15 km de distancia ya esta en la ley y tienes razon pero hay iluminados que piensan que se puede volar a 2 km de un aeropuerto o en cercanias,lee en este mismo foro y saca conclusiones.
Hay listillos que lo vuelan a 2 km me gustaria a mi verlos volandolos cerca de la Guardia Civil para ver su valor .Tambien se puede ir a 200 por autopista pero eso es una temeridad y si te pillan te joden.
Aqui ya esta explicado otra cosa es que haya gente que haga lo que le de la gana.El Reino de iluminados es implio.
Saludos…Todavia seguiran diciendo que se puede a dos km ….que lo hagan delante de la Autoridad2 febrero, 2015 a las 9:09 #38166Señores creo que le ponéis demasiado bombo a todo este tema no se que interéses teneis al respecto la ley esta hay y cada cual ya vera pero os digo que aun no hay una sola multa por volar un dron, pero que puede que próximamente veamos alguna tal vez, y os puedo decir que las autoridades no son tan malas como las pintáis, pasan por el campo de vuelo y te saludan si ven que eres responsable te avisan de no subir muy alto y se marchan. No multan que parece mentira que queráis que todo el mundo deje de volar. La ley era algo necesario pero para quien se quiera ganar el sueldo con esto, mucho bombo con el tema y luego solo volaran profesionalmente 3 y 2 enchufados jjjjjj. Yo por mi parte dejo de darle bombo a este tema el que quiera que se saque el titulo y el que no que controle su pajarito con prudencia y el que no lo haga así que lo multen o que le quiten el dron. Un ultimo consejo yo tengo claro que un seguro de responsabilidad civil por lo menos si es necesario pues me he dado cuenta que por mucha electrónica que tenga tu aparato cuando dice me desmadro no hay quien lo pare y cae donde cae. Saludos y felices vuelos.
24 noviembre, 2015 a las 0:45 #46765Buenas a todos. Mi nombre es Jose. Soy profesor de varias escuelas de pilotos de drones y veo que este tema ya es de bastante tiempo, no obstante dejaré las respuestas reales de lo que estais preguntando.
Si, claro que hay denuncias y muchas por volar ilegalmente un dron. Respecto a las distancias a aeropuertos, no se puede volar a menos de 8km de un aeropuerto y 15km si el aeropuerto dispone de procedimientos de vuelo insturmental, vamos casi todos los aeropuertos que tienen aviones comerciales.
De todas maneras os dejo el enlace a uno de mis vídeos y el enlace a mi canal, seguramente más de un vídeo os puedan aclarar las dudas.Un saludo
1 diciembre, 2015 a las 20:37 #46877Hola.
vamos a ver, veo el video que cuelga este compañero y la verdad es que acojona… No lo he terminado de ver, pero vamos parece que es imposible que alguien pueda volar un dron, por ejemplo mi bebop lo debo dejar en su caja para evitar que «seguramente» me multen si me ve alguien volándolo…POR DIOS !!!
Me parece que debemos diferenciar. La inmensa mayoría de nosotros volamos por afición y lo que este señor nos dice es para profesionales. Por tanto no asustarse, se puede volar tranquilamente nuestro dron sin ningún título cumpliendo, eso sí, unas normas básicas. Estas normas las acompaño en el pdf que adjunto y acabo de sacar de la página oficial de AESA (Gobierno de España).Adjuntos:
Debes acceder para ver los archivos adjuntos. -
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